TCF información general
El marco de transparencia y consentimiento es una solución coordinada por IAB Europe elaborada en función de las necesidades de la publicidad digital y teniendo en cuenta los requisitos legales establecidos tanto en el Reglamento General de Protección de Datos como en la Directiva 2002/58/CE sobre privacidad y comunicaciones electrónicas.
El TCF crea un entorno que facilita a sus participantes informar a los usuarios sobre qué datos se están recopilando y cómo van a ser utilizados, utilizando un lenguaje común con el que comunicar la autorización del usuario para la entrega de publicidad y contenidos digitales.
Dentro del TCF hay varias figuras diferenciadas:
- Vendors (proveedores tecnológicos): Son tecnologías como SSPs, DSPs, DMPso adservers, entre otros. Para participar dentro del TCF los Vendors deben registrarse en la Global Vendor List (GVL). Cada Publisher puede elegir con que Vendors trabajar para de esta forma informar a todas las partes que operan dentro de una cadena de valor de publicidad digital qué proveedores han recibido el consentimiento del usuario para el tratamiento de datos y para qué fines.
- CMPs: Son las llamadas plataformas de gestión del consentimiento y son utilizados para capturar y comunicar de manera coherente las elecciones realizadas por el usuario del sitio web. Las plataformas para poder aparecer en la lista validada por IAB Europe deben pasar por una auditoria. Si algún Consent Management Platform que implementa el TCF comparte los datos personales de un usuario con un proveedor que no tiene una base legal conforme al RGPD, ese proveedor o CMP está infringiendo las Políticas y los Términos y Condiciones del TCF.
- Publishers: Son aquellos que tienen una relación más directa con los usuarios. Deben escoger el CMP adecuado para sus necesidades e incluso tienen la posibilidad de crear uno específico para su uso privado. En el proceso de personalización del CMP escogido deben asegurarse de que las opciones del usuario se presenten de forma equivalente, no dando prominencia a la aceptación. En caso de establecer tratamientos o finalidades no previstas por el TCF deben separarlas de aquellas que se prevén explícitamente dentro del marco. Los Publishers, en sustitución de la Global Vendor List, tienen la posibilidad de alojar una lista de Vendors privada a través de la designación en su dominio: http[s]://nombredesudominio.com[.es.fr.it…]/.well-known/pubvendors.json, de forma similar a la gestión de los identificadores de recursos uniformes txt y robots.txt
- Agencias y anunciantes: El marco les facilita la obtención de prueba del consentimiento y el cumplimiento con los requisitos legales establecidos. En cualquier caso, deben comunicar y utilizar de forma fidedigna las finalidades del tratamiento habilitadas por el usuario.
El TCF es un marco internacional que debe aplicarse junto con las diferentes legislaciones de los Estados miembros y sus diferentes transposiciones y/o interpretaciones realizadas sobre las normativas aplicables, ya que determinados Estados miembros permiten operaciones que en otros no se encuentran aceptadas.
Todas las entidades participantes en el marco deben cumplir con sus políticas de cumplimiento y con sus términos y condiciones. Podrás encontrar más información en la página web de IAB Europe y en Github.
Si tienes dudas sobre el TCF puedes contactarnos a través del e-mail: [email protected]
Especificaciones técnicas.
API para CMPs
Cadena de consentimiento en el Marco de Transparencia y Consentimiento. Formato GVL
Guía de implementación del TCF
Herramientas esenciales del TCF v2.0 para CMPs
Políticas de cumplimiento del TCF v2.0
Términos y condiciones del TCF
Finalidades y bases legales del TCF: Consentimiento e interés legítimo
El TCF 2.0 cuenta con 10 finalidades y dos finalidades especiales.
La finalidad 1 de instalación de cookies y/o acceso a la información del dispositivo solo se puede llevar a cabo mediante el consentimiento del usuario, cumpliendo así con los estándares establecidos por el RGPD, por la Directiva ePrivacy traspuesta en el artículo 22.2 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI)
Las siguientes 9 finalidades pueden ser restringidas por el Medio (Publisher) o por un Vendor para que solo se utilice el consentimiento como base legitimadora para el tratamiento de datos personales. Estas 9 finalidades técnicamente pueden ser llevadas a cabo mediante el consentimiento del usuario o mediante un interés legítimo. Esto se debe a que el TCF es un marco que engloba múltiples legislaciones y que debe posibilitar a todos los actores del ecosistema de la publicidad digital cumplir con las diferentes regulaciones en materia de privacidad que se prevén, con diferencias, en cada país.
En cualquier caso, es responsabilidad de los diferentes actores del ecosistema decidir si habilitan el interés legítimo, de forma razonada, en alguna de sus actividades del tratamiento o, por el contrario, realizan todas las anteriores mediante consentimiento del usuario. Es por esto que un medio/página web (con cualquier tipo de inventario) puede decidir solo trabajar mediante consentimiento, puede decidir con qué actores/Vendors trabaja y puede, por tanto, restringir sus operaciones a aquellos Vendors que utilicen exclusivamente el consentimiento para sus actividades de tratamiento de datos. A su vez, los Vendors pueden supeditar del mismo modo sus operaciones exclusivamente al consentimiento del usuario y solo trabajar con medios/páginas web que obtengan el consentimiento del usuario para aquellas finalidades del tratamiento que les fuera de interés.
Las dos finalidades especiales solo pueden ser llevadas a cabo mediante interés legítimo debido a que la primera de ellas (detección de fraude) es esencial para todo el ecosistema y se encuentra exceptuada de consentimiento por diferentes guías de las Autoridades de Protección de datos y por el propio EDPB, mientras que la finalidad especial número 2 es utilizada para posibilitar técnicamente la entrega de anuncios o contenido y se encuentra igualmente exceptuada de consentimiento por el artículo 22.2 de la LSSI.
Todas las Consent Management Platforms (CMPs) buscan cumplir con las políticas y estándares del TCF. Hay un sistema de Compliance y apercibimientos que puede conllevar la suspensión del servicio de una CMP en caso de incumplimientos. No obstante, cada CMP tiene opciones, configuraciones y textos diferenciados de sus homólogos y es por ello por lo que es una decisión estrictamente empresarial el trabajar con una determinada CMP de aquellas habilitadas dentro del TCF.
Accede a los principales cambios y periodos de implementación de la actualización del TCF a su versión 2.2